Reinge Rental
AL SERVICIO DE LA OBRA

Condiciones Generales de Contratación

Versión vigente · Vínculo permanente para remitos y presupuestos

Gradatim Ferociter S.A.
CUIT: 30-71715755-5
Comercializa marca: Reinge Rental
Domicilio: Vallejos 3020, CABA
GRADATIM FEROCITER S.A. — CUIT 30-71715755-5 — Domicilio: Vallejos 3020, CABA Locación de Encofrados y Andamiaje El presente documento establece las cláusulas y condiciones generales que regulan los contratos de locación y remitos emitidos por GRADATIM FEROCITER S.A. (CUIT 30-71715755-5), con domicilio legal en Vallejos 3020, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las partes aceptan que la suscripción electrónica del presente o de cualquiera de los remitos de entrega asociados implica la conformidad incondicional con los términos detallados a continuación. 1. OBJETO Y PROPIEDAD: GRADATIM FEROCITER S.A. (en adelante, "El Locador") suministra en locación los elementos usados y en el estado de conservación en que se encuentran, detallados en la parte superior del documento o en los remitos de entrega correspondientes. Todos los elementos dados en locación son y seguirán siendo de exclusiva propiedad de El Locador. La firma del remito de entrega, ya sea efectuada por el Locatario en persona, sus dependientes, capataces, personal de obra o cualquier tercero que reciba la mercadería en el lugar de destino, constituirá aceptación plena y de absoluta conformidad respecto de los elementos recibidos y de las presentes condiciones generales. 2. RESTITUCIÓN Y RIESGOS (CASO FORTUITO): El Locatario deberá restituir la totalidad de los elementos en el mismo estado en que fueron recibidos, salvo el desgaste natural por el uso correcto. El Locatario asume expresa y formalmente el caso fortuito y la fuerza mayor (conforme al Artículo 1733, inciso a, del Código Civil y Comercial de la Nación), responsabilizándose económicamente por cualquier deterioro, daño, destrucción, hurto, robo o faltante de los elementos locados, sin importar la causa, época o circunstancia, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa: tumultos, huelgas, vandalismo, contingencias climáticas o hechos de terceros. 3. TRÁMITES, PERMISOS Y SEGURIDAD EN OBRA: Serán por exclusivo cuenta y cargo del Locatario todos los trámites, tasas, derechos y gastos necesarios para la obtención de los permisos municipales, provinciales o de cualquier otra autoridad competente requeridos para la instalación y uso de los elementos (especialmente estructuras fijadas en la vía pública, veredas o fachadas). Cuando los elementos sean utilizados en sitios públicos o privados, el Locatario tomará de forma exclusiva por su cuenta y cargo la vigilancia, demarcación, iluminación, vallado perimetral y cualquier otra medida técnica o de seguridad que sea necesaria para salvaguardar la integridad de los elementos arrendados, de las personas y de los bienes de terceros. 4. RESPONSABILIDAD CIVIL Y PACTO DE INDEMNIDAD: El uso de los elementos arrendados deberá limitarse estrictamente a los fines específicos de encofrado y andamiaje para los cuales fueron pedidos y proyectados, respetando las cargas máximas y normativas vigentes. El Locatario asume la plena y exclusiva responsabilidad civil, penal, administrativa y laboral por todo daño causado en las personas (incluyendo operarios, subcontratistas o terceros) o en las cosas, como consecuencia directa o indirecta del transporte, descarga, montaje, permanencia, uso o desmontaje de los elementos suministrados. PACTO DE INDEMNIDAD: El Locatario exonera a El Locador de cualquier responsabilidad civil derivada del uso de los elementos durante el período de alquiler y se obliga a mantenerlo totalmente indemne ante reclamos judiciales o extrajudiciales. El Locatario deberá contratar y mantener vigente a su costa una póliza de seguro de Responsabilidad Civil y Accidentes Personales/ART que cubra dichos riesgos, con cláusula de no repetición a favor de GRADATIM FEROCITER S.A. 5. PROHIBICIÓN DE TRASLADO: Se encuentra expresamente prohibido el traslado, cesión, sublocación o movimiento de los equipos y elementos locados fuera del domicilio de la obra o destino donde fueron originalmente entregados, salvo autorización previa, expresa y por escrito emitida por GRADATIM FEROCITER S.A. 6. PUBLICIDAD COMERCIAL Y MATERIAL DE MARKETING: GRADATIM FEROCITER S.A. se reserva el derecho exclusivo de colocar publicidad, marcas, logotipos o isotipos en cualquiera de sus equipos, caños o estructuras locadas. El Locatario se compromete a no removerlas, taparlas ni alterarlas durante todo el transcurso de la locación. Asimismo, el Locatario autoriza expresamente a El Locador a utilizar la imagen de la obra (tanto en ejecuciones exteriores como interiores) para fines de marketing, registro institucional, portfolio comercial y publicidad digital o impresa, sin que esto genere derecho a compensación o reclamo alguno por derechos de imagen o confidencialidad. 7. CÓMPUTO DEL PLAZO DE LOCACIÓN: El plazo del alquiler se computará por días corridos a partir del día de la entrega efectiva de los elementos (inclusive) y vencerá indefectiblemente el día de su efectiva, total y conforme devolución y recepción en los depósitos de GRADATIM FEROCITER S.A. 8. FACULTAD DE INSPECCIÓN, ACCESO Y REGISTRO: GRADATIM FEROCITER S.A. queda plenamente facultada para inspeccionar el uso, la seguridad, el montaje y el estado físico de los elementos locados por medio del personal técnico que a ese efecto designe, como así también para el ingreso de su equipo de comunicación a fin de realizar las tareas de marketing y registro audiovisual mencionadas en la Cláusula 6. El Locatario se obliga de manera irrevocable a facilitar de inmediato, en cualquier momento y sin restricciones, el acceso a la obra, predio o establecimiento, y a colaborar con el trabajo del personal autorizado por El Locador. El impedimento o la dilación injustificada en el ingreso a la obra será considerado un incumplimiento contractual grave. 9. MANUAL DEL CLIENTE (USOS Y COSTUMBRES): La firma y aceptación del presente documento da por conocidas y aceptadas de forma vinculante las especificaciones técnicas, condiciones de uso, mantenimiento, criterios de devolución y seguridad indicadas en el anexo denominado "Manual para el Cliente". Las partes acuerdan que dicho anexo rige y consolida los usos, costumbres y prácticas comerciales habituales de la relación contractual, revistiendo fuerza obligatoria. 10. INCUMPLIMIENTO Y VALOR DE REPOSICIÓN DINÁMICO: La falta de devolución en tiempo y forma, y/o la pérdida, destrucción, hurto, robo total o parcial de los elementos arrendados, otorgará derecho a GRADATIM FEROCITER S.A. a exigir el pago inmediato en efectivo del valor de reposición de dichos bienes. A efectos de evitar la desactualización monetaria por procesos inflacionarios, el valor de reposición será el fijado en la Lista de Precios de Reposición Vigente de El Locador al momento de constatarse el incumplimiento o la pérdida, la cual se encuentra publicada de forma permanente y accesible para el Locatario en el siguiente enlace web oficial: https://reingerental.com/precios-reposicion.html. La liquidación practicada por El Locador conforme a dicha lista constituirá deuda líquida, de plazo vencido y plenamente exigible por vía ejecutiva. 11. VALIDEZ DE FIRMA ELECTRÓNICA Y GEOLOCALIZACIÓN: Las partes reconocen y aceptan de mutuo acuerdo la plena validez, eficacia jurídica y fuerza vinculante de la Firma Electrónica en los términos del Artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley 25.506. Se acepta expresamente el uso de plataformas digitales de gestión contractual (tales como Adobe Sign o plataformas corporativas propias) que capturen y asocien de forma inequívoca los datos de geolocalización (coordenadas GPS), dirección IP, fecha, hora y metadatos del dispositivo del firmante, considerándose dichos registros prueba digital suficiente e idónea de la autoría e integridad del acto, renunciando las partes a impugnar la validez del contrato por la ausencia de soporte papel o firma hológrafa. 12. CONDICIONES DE PAGO, MORA E INTERESES: Los cánones locativos se facturan y se abonan por adelantado. El Locatario se obliga a efectivizar el pago y remitir el correspondiente comprobante dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a la fecha de emisión de la facturación respectiva. La falta de pago en el término estipulado constituirá al Locatario en mora de pleno derecho, de forma automática y sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna. En caso de mora, los saldos adeudados devengarán un interés punitorio diario equivalente a la Tasa Activa para Descuento de Cheques/Documentos a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires vigente al momento del efectivo pago, calculada desde el día del vencimiento hasta su cancelación total. 13. CÓMPUTO DE MATERIALES Y ASISTENCIA ORIENTATIVA: En caso de que GRADATIM FEROCITER S.A., a solicitud del Locatario, realice un cómputo de materiales, modulación o distribución estimativa de los elementos de encofrado y/o andamiaje basados en planos facilitados, dicha asistencia técnica se considerará única y exclusivamente como una sugerencia de uso y estimación comercial de carácter orientativo. El Locatario asume la responsabilidad técnica y legal de hacer revisar y validar de forma definitiva dicho cómputo por su profesional matriculado responsable de la obra (Director de Obra, Calculista o Ingeniero), quien determinará la aptitud, apuntalamiento y cargas estructurales finales. El Locador no asume responsabilidad alguna por errores, omisiones, faltantes o demasías de material en la obra. 14. LIMPIEZA Y REACONDICIONAMIENTO DE MATERIAL: El Locatario se obliga a devolver la totalidad de los elementos limpios, desencofrados y absolutamente libres de restos de hormigón, mortero, pintura, yeso o cualquier sustancia adherida. Si los elementos fueran devueltos sucios o requirieran tareas especiales de reacondicionamiento para recuperar su aptitud comercial, GRADATIM FEROCITER S.A. facturará al Locatario un cargo adicional por limpieza y/o arenado, determinado según los valores vigentes estipulados en el "Manual para el Cliente" o, en su defecto, el costo directo del servicio prestado por terceros con más un veinte por ciento (20%) en concepto de gastos administrativos. 15. FACULTAD DE RETIRO POR INCUMPLIMIENTO Y COMPONENTE PENAL: Ante la falta de pago de un (1) canon locativo a su vencimiento, o ante el incumplimiento de cualquier obligación contractual por parte del Locatario, GRADATIM FEROCITER S.A. quedará facultada a rescindir el contrato de pleno derecho y de forma inmediata. A tal efecto, El Locatario autoriza irrevocablemente a El Locador a ingresar al predio o domicilio donde se hallen los elementos, proceder a su desmontaje y retiro, corriendo todos los costos de desarme y flete a exclusivo cargo del deudor. ADVERTENCIA PENAL: En caso de que el Locatario impida el ingreso del personal de la empresa, bloquee los accesos, retenga u oculte el material una vez cursada la intimación de restitución, dicha conducta se considerará configurativa del delito de Defraudación por Retención o Apropiación Indebida (Artículo 173, inciso 2, del Código Penal Argentino), habilitando a GRADATIM FEROCITER S.A. a radicar en forma inmediata la denuncia penal correspondiente contra las personas físicas responsables, sin perjuicio de las acciones civiles pertinentes. 16. FALTANTES MENORES Y ACCESORIOS: Los elementos de fijación, accesorios y piezas de dimensiones menores (tales como chavetas, nudos, bulones, cuñas, pasadores, acoples, espárragos y tuercas) se entregan inventariados unitariamente según consta en el remito de entrega. Al momento de la devolución, cualquier faltante verificado en el recuento de recepción será facturado de forma automática e individual al Locatario, aplicándose los costos de reposición previstos bajo los lineamientos de la Cláusula 10. 17. GESTIÓN LOGÍSTICA Y PROTOCOLO DE TRANSPORTE: Cuando el Locatario contrate o delegue en GRADATIM FEROCITER S.A. el servicio de gestión logística de entrega y/o retiro en obra, dicha prestación quedará supeditada al estricto cumplimiento del "Protocolo de Logística de la Empresa", el cual el Locatario declara validar. Este protocolo regula de manera vinculante los tiempos de tolerancia para la espera de camiones en obra (fijando costos por demoras/horas muertas), los requisitos de accesibilidad y firmeza del suelo para vehículos pesados, la obligatoriedad de personal o maquinaria del Locatario para la carga/descarga y el acopio previo ordenado al pie del camión para los retiros. El incumplimiento del protocolo facultará a El Locador a suspender el transporte, imputando los costos fallidos al Locatario. 18. DOMICILIOS CONSTITUIDOS Y JURISDICCIÓN: Las partes constituyen sus domicilios especiales en los declarados en el formulario de alta o encabezado de contratación. Para el caso de El Locador, se establece formalmente su domicilio legal en Vallejos 3020, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, bajo los términos del Artículo 75 del Código Civil y Comercial de la Nación, constituyen como Domicilio Electrónico Contractual las direcciones de correo electrónico y/o números de mensajería instantánea declarados para el envío de facturas y notificaciones operativas. Serán plenamente válidas y vinculantes todas las comunicaciones que allí se remitan. Para cualquier controversia legal, las partes renuncian a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles y se someten formalmente a los Tribunales Ordinarios de la Jurisdicción Comercial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.